
Importante:
Calificación con defectos de las cuentas presentadas para su depósito (información)
Manuales y programas para depósitos de cuentas
Tipos de presentación (pasos a seguir):
Presentación telemática

Manuales y programas para depósitos de cuentas
Importante: En base a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 26 de enero de 2011 (No publicada en el BOE), hay un cambio de criterio sobre la exigencia de presentar en unión de las cuentas anuales el informe de auditoria, que a partir de ahora será en todos los casos en que la Sociedad tenga un auditor inscrito, independientemente de que su nombramiento sea con carácter voluntario (por la junta o por el órgano de administración), obligatorio (art. 265.1 de la L.S.C.) o a petición de un socio minoritario (art. 265.2 L.S.C.).
Presentación
telemática:
Si dispone de firma electrónica
reconocida puede presentar el depósito de cuentas por vía telemática.
Las firmas electrónicas reconocidas son:
FNMT
CatCert
DNIe
Consejo General de la Abogacía
SCR (Expedida por este Registro)
ANCERT
FirmaProfesional
Generalitat Valenciana
Si tiene alguna duda en cuanto
al servicio de firma electrónica llame al teléfono de soporte de Firma
Electrónica: 902 02 03 06.
Debe darse de alta como usuario:
Darse
de alta en el servicio (alta en los
servicios interactivos del Colegio de Registradores. Si Vd. se dio de
alta para solicitar notas informativas o depósitos de cuentas en los
Registros Mercantiles o notas informativas de fincas en los Registros
de Propiedad, ya está dado de alta. Si ya se dio de alta y no recuerda
el nombre de usuario y contraseña llame al teléfono 902 02 03
06 o envíe un e-mail a soporte.firma@corpme.es).
Si su programa de contabilidad
soporta la generación de los archivos aptos para la presentación
telemática siga las instrucciones que aquel indica.
Si su programa de contabilidad
no soporta la generación de los archivos aptos para su presentación
telemática siga los siguientes pasos:
Descargue el programa desde el apartado descargas y siga las instrucciones que se
detallan en el apartado “Ayuda” de su menú. Para cualquier consulta,
llame al 902 73 43 75 o mande un correo a soporte.d2@registradores.org
Genere los archivos digitales
aptos para su presentación telemática.
En el portal
de presentación telemática puede hacer el envío. Escoja la opción acceso con
certificado y siga las indicaciones. Si tiene algún problema con la
presentación puede contactar con el teléfono 902 20 12 00. Si la/s persona/s que debe/n firmar la/s certificación/es de aprobación de cuentas tiene/n firma electrónica reconocida también se podrá presentar por vía telemática, luego no será de aplicación lo indicado en el párrafo siguiente.
En en plazo de 15 días desde la fecha de presentación telemática, deberá personarse en el Registro con el acuse de recepción de la presentación telemática, la certificación de la huella digital (firmada por las mismas personas que firman la certificación de aprobación de cuentas) y la Certificación de Aprobación de Cuentas (en ella debe constar la huella digital -26 dígitos alfanuméricos- que consta en la certificación de la huella digital). Puede descargar modelos.
Cuando el depósito esté despachado recibirá un correo de este Registro con la Notificación de efectuado el depósito. También recibirá la factura del importe de honorarios del depósito efectuado.
Presentación formato papel

Manuales y programas para depósitos de cuentas
Importante: En base a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 26 de enero de 2011 (No publicada en el BOE), hay un cambio de criterio sobre la exigencia de presentar en unión de las cuentas anuales el informe de auditoria, que a partir de ahora será en todos los casos en que la Sociedad tenga un auditor inscrito, independientemente de que su nombramiento sea con carácter voluntario (por la junta o por el órgano de administración), obligatorio (art. 265.1 de la L.S.C.) o a petición de un socio minoritario (art. 265.2 L.S.C.).
Presentación en formato papel:
Puede descargar los impresos desde el apartado Impresos.
Al Registro ha de presentar:
Ejercicios iniciados antes del 1 de enero de 2008: Los impresos de cuentas anuales
(abreviado u ordinario según corresponda). Debe contener la Hoja
Identificativa, el balance y la cuenta de perdidas y ganancias. Los
demás documentos que en su caso se deban presentar (informe de gestión,
informe medioambiental, informe de auditoría, etc.). Conforme a la
Resolución de 29 de enero de 2007 de la Dirección General de los
Registros y del Notariado los modelos normalizados de cuentas anuales
deben estar cumplimentados de forma mecanizada.
Certificación del acuerdo de aprobación de cuentas. Puede descargar modelos.
Ejercicios iniciados después del 1 de enero de 2008: Los impresos de cuentas anuales (abreviado, normal o pyme según corresponda, incluyendo obligatoriamente el modelo de información medioambiental y el de acciones/participaciones propias). Los demás documentos que en su caso se deban presentar (informe de gestión, informe de auditoría, etc.). Conforme a la Resolución de 29 de enero de 2007 de la Dirección General de los Registros y del Notariado los modelos normalizados de cuentas anuales deben estar cumplimentados de forma mecanizada.
Certificación del acuerdo de
aprobación de cuentas. Puede
descargar modelos.
Ejercicios iniciados antes del 1 de enero de 2008:
Formulario instancia-solicitud
depósito de cuentas. Puede
descargarlo.
Ejercicios iniciados después del 1 de enero de 2008:
Justificante presentación de cuentas. Puede descargarlo.
Solicitud de presentación. Puede descargarla.
Presentación digital (cd o dvd)

Manuales y programas para depósitos de cuentas
Importante: En base a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 26 de enero de 2011 (No publicada en el BOE), hay un cambio de criterio sobre la exigencia de presentar en unión de las cuentas anuales el informe de auditoria, que a partir de ahora será en todos los casos en que la Sociedad tenga un auditor inscrito, independientemente de que su nombramiento sea con carácter voluntario (por la junta o por el órgano de administración), obligatorio (art. 265.1 de la L.S.C.) o a petición de un socio minoritario (art. 265.2 L.S.C.).
Presentación manual en
formato digital (CD o DVD):
De conformidad con lo previsto en el “Anexo II. Formato de los Depósitos Digitales”, de la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero (publicada en el BOE el 10 de febrero de 2010), las cuentas anuales que se presenten para su depósito en formato digital SÓLO podrán presentarse en soporte digital convencional CD o DVD.
No pueden presentarse en soportes magnéticos tipo DISQUETE.
Si su programa de contabilidad soporta la generación de los
archivos aptos para la presentación digital siga las instrucciones que
aquel indica.
Si su programa de contabilidad no soporta la generación de los archivos
aptos para su presentación digital siga estas instrucciones:
Descargue el programa desde el apartado descargas y siga las instrucciones que
se detallan en el apartado “Ayuda” de su menú. Para cualquier consulta,
llame al 902 73 43 75 o mande un correo a soporte.d2@registradores.org.
Genere los archivos digitales
aptos para su presentación digital y guárdelos en un CD o DVD. Imprima la Certificación de huella digital.
Al Registro ha de
presentar:
El soporte informático con el
depósito digital (CD o DVD).
Certificación de la huella
digital firmada por las mismas personas que firman la certificación del
apartado siguiente.
Certificación del acuerdo de
aprobación de cuentas. Puede
descargar modelos. También en ella debe constar la huella
digital (26 dígitos alfanuméricos) que consta en la certificación de la
huella digital.
Justificante presentación de
cuentas de cuentas. Puede
descargarlo.
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Las CUENTAS ANUALES deben presentarse para su depósito en el Registro Mercantil en el plazo de un mes a contar de la fecha de su aprobación (art. 365 del R.R.M.).
NO DEBEN PRESENTARSE (si se presentan en formato papel): encuadernadas, ni grapar por separado los distintos documentos que las integran. NI LOS DUPLICADOS DE LAS CUENTAS ANUALES.
DOCUMENTOS A DEPOSITAR:
1.- SOLICITUD DE PRESENTACIÓN (si se hace en formato papel o en formato digital cd/dvd), totalmente cumplimentada que puede descargarse del apartado impresos, según nuevo formato OBLIGATORIO PARA TODA ESPAÑA incluido en los nuevos modelos de cuentas anuales, debidamente firmada por el presentante (Orden JUS/206/2009, de 28 de enero). DEBE CUIDARSE ESPECIALMENTE LA CUMPLIMENTACION DE LA SOLICITUD ya que la notificación de existencia de defectos, las facturas definitivas y la justificación del depósito serán remitidas a su dirección de correo electrónico, sin que se deba pasar por el Registro para retirarlos.
A los efectos de que los interesados puedan preparar con la mayor facilidad y comodidad posible la entrega y pago de la documentación contable, y también a los de agilizar la presentación y cobro de la misma, evitando molestas y engorrosas esperas y colas en las oficinas de este Registro, a dicha solicitud se deberá acompañar por duplicado ejemplar el modelo de justificante de presentación que igualmente pueden descargarse del apartado de impresos, en los que, marcando los datos que allí se indican, adjudicará a cada instancia su número de entrada y calculará automáticamente el importe de honorarios, mediante el correspondiente código de barras.
2.- Certificación del acuerdo del órgano social competente, que contenga el acuerdo de aprobación de las cuentas y de la aplicación del resultado. Puede descargar modelos de certificación en el apartado impresos.
Dicha certificación debe ser expedida por la/s persona/s que tengan facultad de certificar las actas y acuerdos de los órganos colegiados, determinadas en el Artículo 109 del R.R.M., o sea: el Administrador Único; cualquiera de los Administradores Solidarios; los Administradores Mancomunados; o, en caso de Consejo de Administración, el Secretario o Vicesecretario del mismo, sean o no Administradores, con el Visto Bueno de su Presidente o Vicepresidente.
LA CERTIFICACIÓN CONTENDRÁ: Todas las circunstancias exigidas por el Art. 112 del R.R.M.; si las cuentas han sido formuladas de forma abreviada, expresará la causa; igualmente expresará, BAJO FE DEL CERTIFICANTE, que las cuentas (impresos normalizados y memoria) y el informe de gestión están firmados por todos los administradores, o si faltare la firma de alguno de ellos, se señalará esta circunstancia en la certificación, con expresa indicación de la causa.
En el supuesto de que las cuentas se presenten en soporte digital, en la expresada certificación, además, identificará de forma inequívoca las cuentas presentadas digitalmente, conforme exige el apartado 1.3º del artículo 366 del RRM, para lo cual deberá especificar la huella digital generada.
3.- En el caso de que las cuentas se presenten auditadas, el informe de los Auditores de Cuentas deberá estar firmado por éstos.
En base a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 26 de enero de 2011 (no publicada en el BOE), hay un cambio de criterio sobre la exigencia de presentar en unión de las cuentas anuales el informe de auditoria, que a partir de ahora será en todos los casos en que la Sociedad tenga un auditor inscrito, independientemente de que su nombramiento sea con carácter voluntario (por la junta o por el órgano de administración), obligatorio (art. 265.1 de la L.S.C.) o a petición de un socio minoritario (art. 265.2 L.S.C.).
4.- Certificación acreditativa de que las cuentas depositas se corresponden con las auditadas. Esta certificación podrá incluirse en la contemplada en el anterior apartado 2.
5.- Las cuentas anuales (impresos normalizados y memoria) y demás documentos obligatorios (estado de cambios en el Patrimonio Neto y estado de Flujos de Efectivo, en su caso), debidamente IDENTIFICADOS en la certificación a que se refiere el precedente número 2.
6.- Un ejemplar del informe de gestión, en su caso.
Tanto la Certificación de los Acuerdos, como la Memoria y el Informe de Gestión deben ser redactados en folios tamaño DIN A4, sólo por el anverso y con la debida intensidad de impresión que los haga perfectamente legibles.
7.- Un ejemplar del Documento de información sobre acciones/participaciones propias, debidamente firmado por los Administradores de la Sociedad, que afecta tanto a las Sociedades Anónimas como a las Sociedades Limitadas, y que deberá presentarse tanto si es negativo como en el supuesto de que se hayan efectuado operaciones.
En el supuesto de ser negativo, es suficiente con la presentación de la primera de las páginas del expresado documento.
8.- Documento de Información medioambiental, tanto si es negativo como si es o positivo, en cuyo ultimo caso hará expresa remisión al apartado correspondiente de la Memoria.
En el caso de presentarse las Cuentas en SOPORTE DIGITAL o por vía telemática (Orden de 28 de enero de 2009, -B.O.E. nº 35, de 10 de febrero de 2009), la firma o huella digital que genera, deberá especificarse en la Certificación de acuerdos de la Junta que aprueba las cuentas anuales presentadas a depósito, a los efectos de identificar de forma inequívoca las cuentas presentadas.
Puede descargarse el programa "D2" del apartado Descargas para generar el Depósito Digital apto para su presentación en soporte digital o por vía telemática.