En este blog aparecerán, cronológicamente y en orden inverso las novedades de la web, incidencias de servicios del Registro y otras cosas.
Depósito de cuentas telemático...

...SIN LEGITIMACIÓN NOTARIAL DE FIRMA:
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 25/2011 de 1 de agosto de reforma de la Ley de Sociedades de Capital, ya NO HACE FALTA que se legitimen ante Notario las firmas de las personas que expiden las certificaciones de aprobación de las cuentas que se presenten para su depósito. Es suficiente que se identifique claramente la persona que firma (indicando su nombre y apellidos al lado de la firma).
En los envíos telemáticos para adjuntar la certificación de aprobación de cuentas y no tener que personarse en el Registro siga los siguientes pasos:
1.- La certificación de aprobación de cuentas tiene que hacerse como siempre (ha de constar la huella digital del fichero ZIP que integra las cuentas anuales y que las cuentas se presentan por vía telemática), tiene que firmarse por el o lo administradores o por el secretario con el visto bueno del presidente. Deben constar las firmas manuscritas y/o rubricadas. Debe identificarse claramente al lado de cada firma el nombre y apellidos de la o las personas que han firmado. NO HACE FALTA QUE SE LEGITIMEN ANTE NOTARIO. Una vez firmada la certificación debe escanearse y guardarse en formato PDF.
2.- En la web de envío de depósitos telemáticos seleccione el fichero ZIP que contiene las cuentas anuales que se pretenden depositar:

3.- En el siguiente paso, pulse con el ratón sobre "Añadir certificado de aprobación de cuentas…":

4.- Seleccione el archivo en formato PDF que ha guardado anteriormente y pulse sobre el botón "Abrir":

5.- Si no lo están, en el apartado "Archivos" debajo del título "Firmar", marque las dos casillas de verificación. En el apartado "Certificados" seleccione el certificado de firma y pulse sobre "Firmar y enviar…".

6.- Con este procedimiento ya no tiene que personarse en el Registro, ni ha de aportar ningún otro documento (ni justificante de presentación telemática, ni certificación de la huella digital). Recibirá el acuse de presentación del documento y una vez depositado recibirá la notificación de depósito y la factura, todo por vía telemática. Si se aprecian defectos que impidan el depósito será comunicado también por vía telemática, para que proceda a su subsanación.
Certificación para AEAT

Procedimiento para solicitar por vía telemática una certificación para la emisión de certificado electrónico de representante de persona jurídica para su presentación en la AEAT (Hacienda):
Acceder al portal de servicios interactivos del Colegio de Registradores:
https://www.registradores.org/registroVirtual/init.do
En el apartado "Accesos" podemos acceder como "Usuario abonado" o "Pagando con tarjeta":


Si accede como usuario abonado, introduzca su nombre de usuario y contraseña:

Si accede con pago con tarjeta, rellene el formulario con los datos que le solicitan:

En el paso siguiente, escoja "Publicidad Mercantil":

Buscamos la sociedad que nos interesa:

Una vez localizada la sociedad, en el paso siguiente, seleccionamos "Certifificación para la emisión de Certificados electrónicos de Representante de Persona Jurídica":

En el apartado siguiente seleccionamos el "Tipo de identificación" (DNI, CIF, NIE, pasaporte) teniendo en cuenta que si se trata de personas extranjeras, primero asegúrese del tipo de documento que hizo constar cuando se le nombró para el cargo (NIE o pasaporte). En el apartado "Número" introduzca lo pertinente, seleccione el "Tipo de cargo" (Administrador-cargo o Apoderado" y luego en el "Tipo de atribución" que le aparecerá, seleccione lo pertinente. En el apartado "Aceptación Honorarios" seleccione lo que desee:

La certificación se expedirá entre 2 y 5 días hábiles desde que se efectúe la petición.
Si se necesita algún tipo de soporte con la plataforma se puede llamar a los teléfonos 902734375 / 912701796.
Encuesta

Se ha añadido a la web un formulario encuesta para saber la opinión del uso de la web.
Como ejemplo cabe decir que es importante tener información de los equipos informáticos que usan los clientes para acceder a la web. Tenemos la impresión que entre clientes profesionales, aún hay muchos equipos con sistemas operativos y navegadores web antiguos que en muchos casos no permiten acceder a determinada información que la web ofrece. Si tenemos este tipo de información podemos adaptar la web para que sea accesible a un mayor número de clientes, lo que evidentemente repercute en un mejor servicio.
Puede acceder a la encuesta desde aquí.
Newsletter

Se ha activado el sistema de newsletter que servirá para enviar, periódicamente, información general a las personas que se suscriban. Se han creado dos listas, una referida al Registro Mercantil (escrituras, depósitos, legalizaciones, certificaciones, notas…) y otra referida al Registro de Bienes Muebles. Puede suscribirse y/o gestionar su suscripción desde aquí.
El newsletter es un boletín informativo distribuido de forma regular, a través de correo electrónico, generalmente centrado en un tema principal que es del interés de sus suscriptores.
Legitimación de firmas

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 25/2011 de 1 de agosto de reforma de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de ahora NO HACE FALTA que se legitimen ante Notario las firmas de las personas que expiden las certificaciones de aprobación de las cuentas que se presenten para su depósito. Es suficiente que se identifique claramente la persona que firma (indicando su nombre y apellidos al lado de la firma). Se ha eliminado este requisito en todos los apartados de la web donde aparecía. Se han modificado las plantillas de certificación de aprobación de cuentas que pueden descargarse del apartado Impresos para depósito de cuentas.
Nuevos honorarios depósitos

Los depósitos de cuentas de las Sociedades a partir del día 2 de octubre de 2011 ya no se publicación en el BORME. Como consecuencia de ello el importe de honorarios que se han de pagar ha cambiado. Puede consultar los nuevos importes en el apartado Provisiones de Depósitos de Cuentas. También como consecuencia de lo anterior se han modificado los impresos justificantes de depósito de cuentas. Puede descargar los nuevos impresos del apartado Impresos de Depósitos de Cuentas.
Impresos, descargas, links...

Se ha cambiado la forma que posibilita la descarga de impresos, programas, manuales y la forma en que se muestran los links a otras webs. A partir de ahora en el apartado impresos se mostrarán los siguientes iconos según el tipo de archivo que se pretenda descargar:
Al hacer click sobre el icono se descargará un archivo de Microsoft Word.
Al hacer click sobre el icono se descargará un archivo de Microsoft Excel.
Al hacer click sobre el icono se descargará un archivo de Adobe Acrobat Reader.
Al hacer click sobre el icono se descargará un archivo de fonts de Windows.
Al hacer click sobre el icono se descargará un archivo ejecutable de Windows.
Al hacer click sobre el icono se abrirá una página web externa.
Dominios Internet

Se ha eliminado de la web el apartado Dominios de Internet que estaba tanto en Servicios como en Impresos, ya que hace tiempo que el artículo 9 de la Ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de información y comercio electrónico fue derogado. Se mantenían los impresos ya que había muchas sociedades que querían, no obstante, hacer constar el uso del dominio de Internet.


